La Asociación Civil Madres del Dolor, conjuntamente con la Fundación Estrellas Amarillas Argentina, viene bregando ante el Congreso Nacional, para que se legisle en base a un proyecto de ley que reforme algunos artículos del Código Penal referidos a siniestros viales. Entre los autores y redactores del mismo se encuentra el abogado mercedino, Natalio Nicodemo, quien nos ofreció detalles de esta pretensión de reforma. Se entiende que en la actualidad las penas son bajas en algunas situaciones y que las últimas reformas (menciona el artículo 84 del CPP) no llegaron al objetivo final de la pretendida ley que es en definitiva bajar la siniestralidad vial y en consecuencia proteger la vida de los ciudadanos. “Las familias de víctimas fatales que llegan a juicio oral y público, en la mayoría de los casos se van con una sensación de injusticia e impunidad aun logrando sentencias condenatorias, a raíz de la deficiencia en la legislación respecto de las penas”, señalan los fundamentos del proyecto que nos facilitó el Dr. Nicodemo. Añade que debido al gran crecimiento de víctimas fatales originadas por siniestros viales, “la sociedad reclama a la Justicia que estas causas, que en su gran mayoría son caratuladas como homicidios culposos, impliquen un reproche penal al autor del hecho por el delito de Homicidio Simple haciendo uso de la teoría del dolo eventual mediante la cual se considera que al sujeto se representa la posibilidad de generar el resultado sin embargo mantiene su conducta y, finalmente, provoca el resultado dañoso”. Entre otras argumentaciones sostienen que existe una notable desproporción entre la pena que se le aplica a un sujeto que ha cometido un hecho de Abigeato, cortando un alambre de un campo ingresando al mismo y llevándose un vacuno (pena de 4 a 10 años de prisión) con la que correspondería aplicarle a un conductor que cause la muerte de otra persona y se diere a la fuga, no socorra a la víctima, que conduzca bajo los efectos del alcohol y drogas, con exceso de velocidad y otras agravantes en forma conjunta. También aseguran que una manera de prevenir es a través de la legislación, “una legislación clara, evita futuros hechos ya que, si la sociedad sabe que, al no respetar las leyes viales, no solo sufrirá una consecuencia el más vulnerable sino también quien produce el hecho, entonces, hará lo posible para que este hecho vial, no se produzca. Las penas de cumplimiento efectivo son un claro mensaje para quien produjo el hecho, así como también para el resto de la sociedad”, menciona entre numerosas argumentaciones.

Aumentar las penas

La reforma que se propone aumenta las penas para figuras tales como el Homicidio Culposo, prisión de dos (2) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por conducción imprudente, negligente, con impericia o  antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte. Contempla agravantes con penas de prisión de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación especial por el doble de tiempo de la condena, si fuera con alguno de los siguientes agravantes: Estupefacientes, Alcoholemia superior a cero, excediere en un treinta por ciento (30%) la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho, violare la señalización del semáforo, fuga del lugar del hecho, entre otras consideraciones. Si concurrieren en forma conjunta tres o más de esos agravantes previstos, la pena de prisión propuesta es de cinco a doce años. El proyecto, que es más extenso pero que en este artículo intentamos resumir, lleva un buen tiempo en el Congreso, donde el Dr. Nicodemo, junto a las entidades mencionadas, asisten asiduamente para que se le pueda dar tratamiento.

Foto: El Dr. Nicodemo junto a las entidades que propician el proyecto de ley que entregaron al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.

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