Un fallo inédito emanado del Juzgado de Mercedes ha sacudido la vecina localidad de 9 de Julio, ordenando una serie de medidas cautelares urgentes ante la confirmación de niveles de arsénico 36 veces superiores al límite permitido en el agua potable. La resolución judicial responde a un amparo presentado por un grupo de vecinos y vecinas de Ciudad Nueva, en el distrito bonaerense.

La noticia de la contundente decisión judicial dictada en Mercedes resuena con fuerza, poniendo de manifiesto la acción del sistema de justicia local ante una problemática ambiental de gran magnitud. El fallo del Juzgado de Mercedes surge tras la denuncia de la peligrosa contaminación del agua en el partido de 9 de Julio, donde un muestreo del Instituto Tecnológico de Buenos Aires (ITBA) en diciembre de 2024 reveló concentraciones alarmantes de arsénico, oscilando entre 128 y 368 microgramos por litro (µg/l). Estos valores superan ampliamente el máximo de 10 µg/l recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Código Alimentario Argentino (CAA).

La resolución judicial dictada en Mercedes no solo reconoce la gravedad de la situación actual, sino que también establece una conexión con la causa «Kersich» de 2014, donde la Corte Suprema ya había afirmado el acceso al agua potable como un derecho humano fundamental. En este nuevo capítulo, la Justicia mercedina ha ordenado citar a Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima (ABSA), empresa que había asumido la responsabilidad de proveer agua potable a la zona afectada, pero cuya infraestructura prometida no se ha completado en su totalidad.

Las medidas ordenadas por la Justicia de Mercedes buscan mitigar de manera urgente los riesgos sanitarios a los que está expuesta la comunidad de 9 de Julio:

• Suministro de agua potable segura: El Municipio deberá proveer bidones de agua a familias, escuelas, centros de salud y hogares de ancianos, habilitando también centros de distribución comunitarios.

• Prohibición del consumo de agua contaminada: Se restringe el uso del agua de red en escuelas y para menores de edad.

• Monitoreo y transparencia: La Municipalidad deberá realizar análisis mensuales del agua y publicar los resultados.

• Controles provinciales: La Provincia de Buenos Aires deberá analizar el agua subterránea cada cuatro meses, verificando la presencia de más de 30 compuestos químicos, incluyendo glifosato y atrazina. Los estudios también señalan la posible contribución de los agrotóxicos al problema, incluso mencionando la sinergia entre el arsénico y el glifosato.

• Vigilancia sanitaria: Se implementará un programa de estudios voluntarios para detectar arsénico y agroquímicos en la población.

• Protección de pozos: Se establece una zona de exclusión de 1.000 metros para fumigaciones con agroquímicos alrededor de las perforaciones de agua.

• Análisis históricos: Se ordenó a la Autoridad del Agua de la provincia presentar estudios de los últimos cinco años sobre la calidad del agua en la zona.

Este fallo, catalogado como histórico, pone de relieve una problemática que, según el Mapa del Arsénico elaborado por el ITBA, afecta a más de 20 localidades argentinas que superan los límites recomendados de arsénico en el agua. La decisión judicial sienta un precedente importante en la lucha por el acceso al agua segura y la protección de los derechos socioambientales en la provincia de Buenos Aires. Mientras los vecinos de 9 de Julio, junto a la organización Naturaleza de Derechos, se preparan para asegurar el cumplimiento de estas medidas, este caso reabre el debate sobre el impacto ambiental del modelo agroindustrial y la necesidad de políticas públicas que protejan la salud y los recursos naturales. La acción de la Justicia mercedina se erige como un faro en la búsqueda de soluciones concretas ante la contaminación del agua que sufren numerosas comunidades.

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