El Ministerio Público del Departamento Judicial Mercedes, solicitó al Juzgado de Garantías Nº 3, la correspondiente elevación a juicio del caso Sigma, expediente en el que se encuentran dos personas imputadas por el incidente ocurrido en la zona rural. Los imputados en este caso son Jerónimo Juan Araujo Muller (presidente de la firma) y Gustavo Marcelo Ruffa (apoderado).

En el fundamento solicitado por el fiscal al magistrado menciona en los hechos que la Ley provincial 11459, y su Decreto Reglamentario 1741/96, establece el procedimiento para la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental de una empresa que se quiera radicar en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, y se extiende en cómo debe ser en cada caso, de acuerdo al riesgo ambiental del emprendimiento.

Tras ello afirma que ninguno de esos pasos ha sido cumplimentado por la empresa «Sigma Agro S.A.» para lograr su habilitación para desarrollar sus actividades de producción de herbicidas y agroquímicos en su planta de «La Verde», partido de Mercedes. “Por el contrario funcionaba sin ningún tipo de habilitación, situación que la sustrajo, la invisibilizó del contralor de quien es el organismo natural que debía cumplir esa función y por añadidura del de las autoridades municipales”.

Para la Fiscalía la empresa Sigma Agro S.A. funcionaba ilegalmente produciendo distintos tipos de herbicidas y agroquímicos hasta el día en que el siniestro de marras ocurrido el 27 de septiembre de 2019 puso fin a su invisibilidad, quedando así expuestas tanto sus irregularidades administrativas como las omisiones que derivaron en su correspondiente sanción, dispuesta por el O.P.D.S.

Esas omisiones son las que se le reprochan penalmente a los responsables de «Sigma Agro S.A.», los imputados Muller y Ruffa, “por cuanto no solo no cumplieron con aquella obligación de que la empresa funcione con todos los requisitos formales que exige la normativa administrativa al respecto sino que, luego de ocurrido el siniestro, ya con intervención del organismo de control y por tanto totalmente anoticiados del procedimiento que debía llevar incluso una empresa informal desde lo documental como ésta, tampoco cumplieron con la obligación establecida por determinadas normativas, respecto de la remediación”.

En el expediente existen constancias probatorias que indican que el hecho, probablemente, podría haberse evitado o cuanto menos eventualmente disminuido las posibilidades de que acontezca. “La empresa Sigma Agro S.A. funcionaba ilegalmente produciendo distintos tipos de herbicidas y agroquímicos hasta el día en que el siniestro de marras ocurrido el 27 de septiembre de 2019 puso fin a su invisibilidad, quedando por tanto expuestas tanto sus irregularidades administrativas…”, reitera.

Se menciona que los imputados efectuaron sus descargos correspondientes, aunque la Fiscalía entiende que muchas de las acciones de remediación efectuadas, fueron realizadas por el incidente más que por alguna otra razón, “se vio obligada”, remarca la posición del Ministerio Público. Más allá de eso, es oportuno mencionar que en el 2023 la empresa contratada para la remediación concluyó que no había contaminación de agua ni suelo en la zona donde se produjo el evento y desde Sigma mencionaron que hicieron los tramites de habilitación ante el Municipio, el OPDS y el SENASA, siendo este último organismo el único que le había otorgada habilitación definitiva. “Estas explicaciones no llegan a desligar a los imputados de sus respectivas responsabilidades”, destaca el pedido de elevación a juicio.

“Solicito se otorgue a la presente el trámite del juicio abreviado estimando procedente en el caso la aplicación a Araujo Muller y Ruffa de una pena de 5 (cinco) años de prisión, el máximo de la multa con más accesorias legales y costas del proceso; en orden a la infracción que se les enrostra; en ambos casos merituando la ausencia de antecedentes computables en su contra como atenuantes, sin agravantes; ello sin perjuicio del mejor criterio que el Sr. agente fiscal de juicio que entienda en la oportunidad considere aplicable”, concluye la solicitud.

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