De acuerdo a lo informado oficialmente por la gestión comunal, integrantes de la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad, mantuvieron un encuentro “de gestión y planificación con responsables de distintas estaciones de servicios de nuestra ciudad. Además de efectuar un repaso por la situación actual del comercio, se profundizó en la importancia del cumplimiento de las normas, entre ellas la que establece que deben tener casco los motociclistas a la hora de cargar combustible”, destaca la noticia que se recibió en diferentes redacciones de medios locales.

La comunicación señala que “dando respuesta a la ciudadanía, desde hace un tiempo la Secretaría de Seguridad impulsa intervenciones en la vía pública de control y seguridad vial. Allí, en cada operativo, se verifican los estados legales de las motocicletas, el comportamiento en comunidad y el uso de casco, medidas que impactan en la comunidad y especialmente el cuidado de la vida”.

Las estaciones de servicio, por ordenanza, no pueden cargar combustible si el usuario no tiene casco. “Es clave esta medida cuente con el acompañamiento de cada casa comercial”, añaden desde el Municipio.

Fuentes de Seguridad destacaron que la reunión fue “sumamente productiva” “encontramos un excelente punto de diálogo y trabajo en conjunto, tanto por estas medidas de seguridad vial como así también otras de interés en común, como la seguridad ciudadana, el cuidado del espacio público compartido y medidas de prevención de distinta índole” comentaron desde el área a cargo de Matías Maresca y Víctor Palazzo.

La Secretaría de Seguridad definió como habitual este tipo de acciones en comunidad, trabajando con distintas instituciones, áreas comerciales, industriales, referentes sociales y barriales, “aquellos temas que son de interés a la ciudadanía y que intercalan con las herramientas propias del área”.

La Ordenanza Nº 6854 que habla de la prohibición de expendio de combustible a conductores de motos sin casco y que fue modificada por Ordenanza Nº 7069, define en su artículo primero que “prohíbe a las estaciones de servicio y expendedoras de combustibles en todo el ejido del Partido de Mercedes (B), el suministro de combustibles a los conductores y/o acompañantes de motovehículos que no llevaren el casco reglamentario debidamente colocado”.

También hace notar que para el retiro de motovehículos secuestrados y/o removidos por la autoridad de aplicación, de acuerdo a la ordenanza en cuestión, “será obligatorio concurrir con el respectivo casco reglamentario”.

En su quinto apartado hay un aspecto sancionatorio y reza que el incumplimiento del Artículo 1° por parte de las estaciones de servicios y expendedoras de combustibles del Partido de Mercedes (B), serán pasibles de apercibimiento y/o multas.

La normativa se encuentra vigente desde el mes de agosto del año 2010.